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40 GARANTÍA LIMITADA
VINCULANTE SIGNIFICA QUE USTED Y LG RENUNCIAN AL DERECHO DE UN JUICIO CON JURADO Y A
REALIZAR O PARTICIPAR EN UNA DEMANDA COLECTIVA.
Definiciones. Para el propósito de esta sección, las referencias a “LG” significan: LG Electronics U.S.A., Inc.,
sus empresas matrices, subsidiarias y filiales y cada uno de sus directivos, directores, empleados, agentes,
beneficiarios, predecesores en interés, sucesores, cesionarios y proveedores; las referencias a “conflicto” o
“reclamación” incluirán cualquier conflicto, reclamo o controversia de cualquier tipo, sin importar (ya sea
basado en contrato, agravio, estatuto, regulación, ordenanza, fraude, falsa representación o cualquier
teoría legal o equitativa) que surja de o esté relacionada con cualquier forma de venta, condición o
desempeño del producto o de esta Garantía Limitada.
Aviso de disputa. En caso de que usted desee iniciar un procedimiento de arbitraje, primero debe
notificar a LG por escrito al menos 30 días antes de iniciar el arbitraje enviando una carta a LG a LG
Electronics, USA, Inc. Atención: Legal Department- Arbitration 111 Sylvan Avenue, Englewood Cliffs, NJ
07632. Usted y LG aceptan participar en discusiones de buena fe en un intento de resolver su reclamo de
manera amistosa. En la carta debe proporcionar su nombre, dirección y número de teléfono; identificar el
producto que es objeto de la reclamación; y describir la naturaleza del reclamo y el remedio que busca. Si
usted y LG no pueden resolver la disputa dentro de 30 días, cualquiera de las partes puede proceder a
presentar una demanda de arbitraje.
Acuerdo de arbitraje vinculante y renuncia de demanda colectiva. En caso de no resolver la disputa
durante el período de 30 días después de enviar una notificación por escrito a LG, Usted y LG se
comprometen a resolver cualquier reclamo entre nosotros, solamente a través de arbitraje vinculante
sobre una base individual, a menos que usted se excluya, conforme a lo dispuesto a continuación.
Cualquier conflicto entre usted y LG no estarán combinados o consolidados con una controversia
relacionada con cualquier otro producto o reclamo de otra persona o entidad. Más específicamente y sin
prejuicio de lo anterior, no procederá bajo ninguna circunstancia cualquier disputa entre usted y LG como
parte de una acción colectiva o representativa. En lugar del arbitraje, cualquiera de las partes podrá iniciar
una acción individual en la corte de reclamos menores, pero tales acciones en la corte de reclamos
menores no podrán ser realizadas en una acción colectiva o representativa.
Normas de arbitraje y procedimientos. Para comenzar el arbitraje de un reclamo, usted o LG deben
presentar una demanda escrita de arbitraje. El arbitraje será administrado por la American Arbitration
Association (“AAA”) y se llevará a cabo ante un único árbitro conforme a las Normas de Arbitraje del
Consumidor de la AAA que estén vigentes al momento de iniciar el arbitraje (denominadas “Normas de las
AAA”) y conforme a los procedimientos establecidos en esta sección. Las Normas de la AAA están
disponibles en línea en www.adr.org/consumer. Envíe una copia de su demanda escrita de arbitraje,
además de una copia de esta disposición a la AAA de la manera descrita en las Normas de las AAA.
También debe enviar una copia de su demanda escrita a LG en LG Electronics, USA, Inc. Atn.:
Departamento legal-Arbitraje 111 Sylvan Avenue, Englewood Cliffs, NJ 07632. Si existe un conflicto entre
las Normas de la AAA y las normas establecidas en esta sección, prevalecerán las normas establecidas en
esta sección. Esta disposición de arbitraje está regida por la Ley Federal de Arbitraje. La sentencia sobre el
laudo emitido por el árbitro puede presentarse en cualquier tribunal de jurisdicción competente. El árbitro
debe decidir todos los asuntos, excepto los relacionados con el alcance y la aplicabilidad de la disposición
de arbitraje y el tribunal debe decidir el arbitraje de la disputa. El árbitro debe cumplir los términos de esta
disposición.
Legislación vigente. La legislación del estado de su residencia regirá esta Garantía Limitada, así como
todas las disputas entre nosotros, salvo que sea invalidada o inconsistente con leyes federales aplicables.
Tarifas / Costos. Usted no debe pagar ninguna tarifa para comenzar un arbitraje. Al recibir su solicitud de
arbitraje por escrito, LG pagará todos los gastos administrativos rápidamente a la AAA, a menos que usted
solicite más de $25,000.00 por daños, en cuyo caso el pago de estos gastos se regirá por las Normas de la
AAA. Salvo disposición contraria prevista en el presente documento, LG pagará a la AAA todos los gastos
documentales, administrativos y de arbitraje para cualquier arbitraje iniciado, de conformidad con las
Normas de la AAA y esta disposición de arbitraje. Si usted prevalece en el arbitraje, LG pagará los
honorarios y gastos de sus abogados, siempre y cuando sean razonables, considerando factores que
incluyen, entre otros, el monto de la compra y el monto del reclamo. No obstante lo anterior, si la ley
aplicable permite una adjudicación de honorarios y gastos razonables de abogados, un árbitro puede
otorgarlos en la misma medida que lo haría un tribunal. Si el árbitro considera que la sustancia de su
reclamo o la reparación solicitada en la demanda es frívola o se utiliza para un propósito inadecuado
(calificado según las normas establecidas en la Norma Federal de Procedimiento Civil 11 (b)), el pago de
todos los honorarios de arbitraje se regirá por las Normas de la AAA. En tal situación usted se compromete