Safety Instructions

Contrato de licencia de software de Tait 85
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sistirán en reemplazar los medios o intentar
corregir los errores significativos y demostra-
bles existentes en el programa o en la docu-
mentación o en las vulnerabilidades de seguri-
dad. Si Tait no logra corregir el defecto dentro
de un periodo razonable, entonces Tait podrá
optar por reemplazar el Software defectuoso
con Software equivalente que funcione, con-
ceder al Concesionario licencia para aplicacio-
nes de Software sustitutas que consigan el
mismo objetivo, o cancelar la licencia y reem-
bolsar el importe que pagara el Concesionario
por ella. Si tras el debido examen realizado por
Tait, Tait deduce que el defecto percibido no
es tal y no existe, Tait podrá recuperar los cos-
tos incurridos en tal investigación, los cuales
deberán ser cubiertos por el Concesionario.
6.3. Tait no se responsabiliza de ninguna
garantía del Software o de la Documentación a
excepción de las garantías expresas estipula-
das en esta Sección 6. Las garantías de la Sec-
ción 6 sustituyen a todas las demás ya sean
expresas o implícitas, orales o escritas, e inclu-
yen pero no se limitan a todas y a cualquiera
de las garantías implícitas de condición, título,
comercialización y ajuste para un propósito o
uso particular del Concesionario (ya sea cono-
cido por Tait, Tait tenga razones para saberlo,
se lo hayan notificado, o esté al corriente por
alguna otra vía de tal fin o uso), y ya surga por
razones legales, costumbres o uso comercial o
durante el transcurso del trato comercial. Asi-
mismo, Tait no tiene obligación de que la
garantía cubra a ninguna persona distinta del
Concesionario con respecto al Software o a la
Documentación.
Sección 7 TRANSFERENCIAS
7.1. El Concesionario no transferirá el Software
ni la Documentación a terceros sin el consen-
timiento previo por escrito de Tait. Tait puede
negar tal consentimiento o concederlo a dis-
creción propia bajo la condición de que el Con-
cesionario pague los derechos de licencia apli-
cables y consienta a lo estipulado en este
Contrato.
7.2. En lo que respecta a los distribuidores o
vendedores de los Productos designados de
Tait, el consentimiento mencionado en la Sec-
ción 7.1 puede estar contenido en el Contrato
de los distribuidores o vendedores de Tait.
7.3. Si los Productos designados son produc-
tos de Tait móviles instalados en un vehículo o
radios portátiles de mano y el Concesionario
transfiere la propiedad del radio Tait móvil o
portátil a terceros, el Concesionario podrá
asignar su derecho de uso del Software inser-
tado o instalado para su uso en los equipos de
radio y la Documentación relacionada; siempre
que el Concesionario transfiera todas las
copias del Software y la Documentación a la
persona a la que se ha hecho la transferencia.
7.4. Para evitar cualquier duda, la Sección 7.3
excluye la Infraestructura TaitNet o los pro-
ductos contenidos en cualquier momento en la
lista de productos de la red:
http://www.taitradio.com
7.5. Si el Concesionario, en calidad de contra-
tista o subcontratista (integrador), compra
productos diseñados por Tait y software con
licencias no para su propio uso interno sino
para uso final por un cliente, el Concesionario
podrá transferir dicho Software, pero sólo si a)
el Concesionario entrega al usuario todas las
copias de dicho Software y la Documentación
Relacionada y b) el Concesionario ha obtenido
primero de su Cliente (y, si el Concesionario
actúa como subcontratista, del(os) usuario(s)
en el interín y del usuario final de la sublicen-
cia) un contrato de sublicencia ejecutable que
prohiba cualquier otra transferencia y que
contenga limitaciones que sean sustancial-
mente idénticas a los términos establecidos en
este Contrato general de licencia de software.
Excepto lo anteriormente expuesto, ni el Con-
cesionario ni ningún otro usuario que vaya a
transferir aplicaciones según lo estipulado en
este Apartado podrá transferir o poner a dis-
posición de terceros ninguna aplicación de
software de Tait y no deberá permitir que nin-
guna otra parte lo haga. El Concesionario
deberá presentar (en caso de que le sea solici-
tado) cualquier prueba que demuestre confor-
midad con todo lo anteriormente expuesto y
que sea razonablemente satisfactoria para
Tait .
Sección 8 TÉRMINOS Y ANULACIÓN
8.1. El derecho que el Concesionario tiene de
usar el Software y la Documentación comen-
zará en el momento en que los Productos
designados sean suministrados por Tait al
Concesionario y continuará durante todo el
tiempo que dure la vida útil de los Productos
designados para los cuales o con los cuales fue
suministrado el Software y la Documentación,