User Guide

Table Of Contents
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Información reglamentaria y de
servicio
Información de conformidad
En esta sección se tratan todos los requisitos y declaraciones relacionados con
las normavas. Las aplicaciones correspondientes conrmadas se referirán a las
equetas de la placa de idencación y al marcado correspondiente de la unidad.
Declaración de cumplimiento de las normas FCC
Este disposivo cumple el Apartado 15 de las normas FCC. El funcionamiento
está sujeto a las siguientes dos condiciones: (1) este disposivo no deberá
causar interferencias perjudiciales y (2) este disposivo deberá aceptar cualquier
interferencia que reciba, incluidas interferencias que puedan causar un
funcionamiento no deseado. Este equipo se ha probado y se ha demostrado que
cumple los límites de un disposivo digital de Clase B, de acuerdo con el Apartado
15 de la normava FCC.
Estos límites están diseñados para proporcionar una protección razonable contra
las interferencias perjudiciales en una instalación residencial. Este equipo genera,
uliza y puede irradiar energía de radiofrecuencia y, si no se instala y uliza
conforme a las instrucciones, puede causar interferencias perjudiciales para las
comunicaciones de radio. Sin embargo, no se puede garanzar que la interferencia
no ocurrirá en una instalación en parcular. En el caso de que el equipo causara
interferencias perjudiciales para la recepción de radio o TV, lo que puede
determinarse encendiendo y apagando dicho equipo, se sugiere que el usuario lleve
a cabo una o varias de las siguientes medidas para corregir dichas interferencias:
Reorientar o reubicar la antena receptora.
Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
Conectar el equipo a una toma de corriente de un circuito diferente al que es
conectado el receptor.
Si es necesario, consultar al proveedor o a un técnico especialista en radio/
televisión.
Las antenas ulizadas por este transmisor no deben ubicarse ni trabajar junto con
ninguna otra antena o transmisor.
El disposivo se ha probado y cumple los estándares y procedimientos de
medición especicados en el Título 47, Apartado 15, Suplemento C del Código de
Regulaciones Federales (CFR) de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC).