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Declaración de cumplimiento de la RoHS2
Este producto ha sido diseñado y fabricado cumpliendo la Directiva 2011/65/EU del
Parlamento Europeo y el Consejo para la restricción del uso de ciertas sustancias
peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos (Directiva RoHS2) y se considera
que cumple con los valores de concentración máximos publicados por el European
Technical Adaptation Committee (Comité Europeo de Adaptaciones Técnicas) (TAC)
tal y como se muestra a continuación:
Sustancia
Concentración máxima
propuesta
Concentración Real
Plomo (Pb) 0,1% < 0,1%
Mercurio (Hg) 0,1% < 0,1%
Cadmio (Cd) 0,01% < 0,01%
Cromo Hexavalente (Cr
6+
) 0,1% < 0,1%
Bifenilos polibrominados (PBB) 0,1% < 0,1%
Éteres Difeniles Polibrominados (PBDE) 0,1% < 0,1%
Ciertos componentes de los productos indicados más arriba están exentos bajo el
Apéndice III de las Directivas RoHS2 tal y como se indica a continuación:
Ejemplos de los componentes exentos:
1. Mercurio en lámparas fluorescentes de cátodo frío y lámparas fluorescentes
de electrodo externo (CCFL y EEFL) para usos especiales sin sobrepasar (por
lámpara):
(1) Longitud pequeña (500 mm): máximo de 3,5 por lámpara.
(2) Longitud media (
500 mm y 1.500 mm): máximo de 5 mg por lámpara.
(3) Longitud grande (1.500 mm): máximo de 13 mg por lámpara.
2. Plomo en el vidrio de los tubos de rayos catódicos.
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4. Plomo como elemento de aleación en aluminio que contenga hasta un 0,4 % de
su peso en plomo.
5. Aleación de cobre que contenga hasta un 4 % de su peso en plomo.
6. Plomo en pastas de soldadura de alta temperatura de fusión (es decir,
aleaciones de plomo que contengan en peso un 85 % de plomo o más).
7. Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en un vidrio o
cerámica de un tipo distinto de la cerámica dieléctrica de condensadores, por
ejemplo, dispositivos piezoelectrónicos, o en un compuesto de matrices de vidrio
o cerámica.
iii